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Club Deportivo Heredia 21 Fútbol Sala · Málaga Ciudad Redonda

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Un juez autorizó el rescate de un club. La Federación lo ha excluido de todas sus competiciones.

El caso en 30 segundos

El CD Heredia 21 Fútbol Sala adquirió en diciembre de 2025 la unidad productiva del CD Málaga Ciudad Redonda FS mediante una venta autorizada por Auto firme del Juzgado de lo Mercantil nº 1 de Málaga, dentro de un concurso de acreedores. La operación incluía expresamente los derechos federativos y deportivos, la participación en competiciones oficiales, 43 licencias y los 24 puestos de trabajo de la estructura. El 26 de mayo de 2026, el propio Juzgado ofició a la RFEF solicitando que resolviera “en sentido positivo la plena subrogación” del nuevo club. El 12 de junio, la RFEF respondió declarando la pérdida del derecho de participación de los tres equipos del club (Segunda División, Segunda B y División de Honor Juvenil) para 2026/27. El 10 de julio, viernes, a las 19:25, adjudicó la plaza a un tercero y concedió al club 48 horas para recurrir, con el plazo de inscripción cerrando el 15 de julio a las 14:00.

Las cinco claves

1. El club siguió el camino que la propia RFEF le indicó. En octubre de 2024, antes del concurso, responsables del proyecto consultaron en la sede de la RFEF cuál era la vía legal para salvar el fútbol sala malagueño. La orientación recibida fue acudir al concurso de acreedores y articular una venta de unidad productiva autorizada por un Juzgado de lo Mercantil. Es exactamente lo que se hizo.

2. Un Auto judicial firme ampara la operación. El Auto 1073/2025, de 25 de noviembre, autorizó la venta con un perímetro que incluye los derechos federativos y deportivos y la participación en competiciones oficiales. Se adjunta el testimonio íntegro.

3. El propio Juzgado pidió a la RFEF la subrogación plena. Oficio de 26 de mayo de 2026, recibido por la RFEF el 8 de junio, solicitando resolver “en sentido positivo la plena subrogación” con los efectos de los arts. 221 y 222.3 del texto refundido de la Ley Concursal. Se adjunta íntegro.

4. La RFEF conocía la situación y dejó competir toda la temporada. Tramitó licencias, exigió y cobró pagos federativos, ejerció potestad disciplinaria y autorizó al primer equipo a disputar el playoff de ascenso a Primera División en junio de 2026. Días después declaró que el club no tenía derecho a categoría alguna.

5. No fue una compra de 50.000 euros: fue un rescate de 800.000. El propio expediente concursal cifraba el coste de sostener la unidad productiva en 776.099,76 euros por temporada. Ese coste se ha soportado íntegramente con inversión privada, manteniendo 24 empleos y la cantera, mientras las ayudas ligadas al proyecto quedaban bloqueadas por el propio conflicto de reconocimiento.

Cronología documentada

– Octubre 2024. Consulta presencial en la sede de la RFEF sobre la vía legal para salvar el club. Orientación recibida: concurso y venta de unidad productiva con autorización judicial.

– 29/07/2025. Auto 658/2025: concurso voluntario del CD Málaga Ciudad Redonda FS y apertura de la fase de liquidación.

– Temporada 2025/26. El club compite con normalidad en Segunda División FS desde septiembre de 2025.

– 27/10/2025. La Administración Concursal solicita autorización de venta directa de la unidad productiva a favor de Heredia 21 FS: derechos federativos y deportivos, participación en Segunda División y resto de categorías, 24 trabajadores y todas las licencias necesarias.

– 25/11/2025. Auto firme 1073/2025: el Juzgado de lo Mercantil nº 1 de Málaga autoriza la venta.

– 11/12/2025. La transmisión se eleva a escritura pública.

– Diciembre 2025 – junio 2026. El club puede acreditar documentalmente que los servicios jurídicos de la RFEF disponían de la documentación de la operación desde diciembre de 2025, y que la situación fue trasladada y reiterada por escrito entre marzo y junio de 2026.

– 26/05/2026. El Juzgado libra oficio a la RFEF, Sección de Fútbol Sala, solicitando que resuelva en sentido positivo la plena subrogación de Heredia 21. La RFEF lo recibe el 8 de junio.

– 27/05/2026. La propia RFEF publica al club entre los participantes del playoff de ascenso a Primera División, que disputa como cuarto clasificado de la temporada regular.

– 10/06/2026. La RFEF solicita documentación adicional al Juzgado.

– 12/06/2026. El Juzgado remite la documentación solicitada. Ese mismo día, el Juez Único de Competiciones No Profesionales dicta resolución: toma razón de la transmisión pero declara la pérdida del derecho de participación de los tres equipos para 2026/27.

– 19/06/2026. El Comité Nacional de Segunda Instancia desestima el recurso y agota la vía federativa.

– 10/07/2026, mañana. El club remite a la plataforma de Gestión Económica de la RFEF los justificantes de pago y de Seguridad Social que se le solicitan.

– 10/07/2026, 19:25 (viernes). La RFEF notifica la adjudicación de la plaza de Segunda División a un tercero, con 48 horas para recurrir.

– 15/07/2026, 14:00. Cierre del plazo de inscripción para la temporada 2026/27. Riesgo de daño irreversible.

La contradicción central

La resolución del 12 de junio toma razón de la transmisión judicialmente autorizada —con sus efectos laborales, económicos y de licencias— pero niega el activo esencial que da sentido a esa transmisión: el derecho de participación deportiva. La Federación aceptó durante toda la temporada los efectos que le beneficiaban u obligaban al club (pagos, licencias, inscripciones, disciplina) y rechazó únicamente el que constituye el valor del activo adquirido ante un juez. Todo ello después de que el Juzgado autorizante le pidiera por oficio, de forma expresa, que resolviera la subrogación plena en sentido positivo.

Un dato retrata el procedimiento: la RFEF pidió documentación adicional al Juzgado el 10 de junio, la recibió el 12 de junio y resolvió en contra ese mismo día. La documentación judicial solicitada se despachó en horas.

Dos velocidades: la gestión de los tiempos

La Federación necesitó menos de un mes para privar de categoría a un club rescatado ante un juez, y menos de 48 horas hábiles tras el cierre del expediente para adjudicar su plaza a un tercero, notificándolo un viernes a las 19:25 con el periodo de inscripción a punto de expirar. Ese mismo organismo mantiene sin explicación pública, desde hace semanas, expedientes que afectan a la integridad de sus propias competiciones de fútbol sala.

El contexto que la RFEF no ha explicado

Mientras se tramitaba la exclusión del club malagueño, el fútbol sala español ha vivido el mayor escándalo de integridad de su historia reciente. Según la información publicada por múltiples medios (El Español, OKDiario Navarra, El Cierre Digital, Noticias de Navarra), el empresario Ramón Lázaro, expresidente del CD Tudelano y del Ribera Navarra FS, fue detenido el 8 de junio de 2026 en una operación de la Policía Nacional con colaboración de Europol e Interpol, investigado por presunto amaño de partidos —incluido un Ribera Navarra–Palma Futsal de Primera División de fútbol sala—, desvío de fondos de los clubes, fraude en subvenciones y blanqueo de capitales.

Según esas mismas informaciones, en la causa consta que 135.000 euros procedentes de una subvención pública se habrían destinado a la adquisición de otro club de Primera División de fútbol sala, cuyo presidente ha reconocido públicamente haber aceptado ese dinero, y que Lázaro negociaba en el momento de su detención nuevas operaciones de compra en el fútbol sala. Todo ello es materia presunta y sujeta a investigación judicial.

El Alzira FS, descendido de Primera División, ha hecho público que el 30 de abril de 2026 puso en conocimiento del Departamento de Integridad de la RFEF circunstancias relacionadas con estos hechos, y que ha tenido que solicitar formalmente información sobre qué actuaciones se realizaron tras su escrito. El Ribera Navarra FS, por su parte, ha descendido esta temporada a Segunda División —la misma categoría cuya vacante malagueña se ha adjudicado en 48 horas— sin que conste resolución pública alguna sobre su situación.

La pregunta que este dossier plantea no es sobre terceros, sino sobre la propia Federación: ¿por qué el único expediente resuelto con urgencia, contundencia y en pleno mes de julio es el del club que compró su unidad productiva ante un Juzgado de lo Mercantil, con publicidad, con oficio judicial favorable y manteniendo 24 empleos?

Las cifras

Concepto Dato

Precio de la unidad productiva (Auto 1073/2025) 50.000 €

Coste de temporada según la Administración Concursal 776.099,76 €

Coste real soportado en la temporada 2025/26 ≈ 800.000 €

Puestos de trabajo subrogados y mantenidos 24

Licencias federativas del proyecto 43

Equipos excluidos (2ª División, 2ª B, División de Honor

Juvenil) 3

Clasificación deportiva 2025/26 del primer equipo 4.º + playoff de ascenso

Cinco preguntas que la RFEF debería responder

1. Si la RFEF conocía el concurso, la liquidación y la venta de la unidad productiva, ¿por qué permitió al club competir toda la temporada, cobró sus pagos federativos y le autorizó a disputar un playoff de ascenso antes de declarar que carecía de derecho a categoría alguna?

2. ¿Cuántas horas dedicó el Juez Único a estudiar la documentación que él mismo solicitó al Juzgado, si la recibió y resolvió en contra el mismo día 12 de junio?

3. ¿Por qué se notificó la adjudicación de la plaza un viernes a las 19:25, con 48 horas para recurrir y el plazo de inscripción venciendo el miércoles siguiente?

4. ¿Qué valor otorga la RFEF al oficio de un Juzgado de lo Mercantil que le solicita expresamente resolver en sentido positivo una subrogación derivada de un Auto firme?

5. ¿Qué actuaciones ha realizado el Departamento de Integridad desde el aviso formal recibido el 30 de abril de 2026 y qué criterio explica la diferencia de velocidad entre unos expedientes y otros?

Qué pide el club

El club no pide privilegios ni plazas ajenas: pide que se respete una resolución judicial firme y la plena subrogación solicitada por el Juzgado, que se suspenda cautelarmente la cobertura de la vacante y el cierre de inscripción hasta que se resuelva el fondo, y que ningún hecho consumado destruya un proyecto deportivo, laboral y social que ha costado cerca de 800.000 euros de inversión privada sostener. El club ha agotado la vía federativa y ejercerá todas las acciones que el ordenamiento le reconoce ante la jurisdicción competente.

Documentación adjunta

– Testimonio del Auto firme 1073/2025 del Juzgado de lo Mercantil nº 1 de Málaga (anonimizado conforme a la advertencia legal de los propios documentos).

– Oficio del Juzgado a la RFEF, Sección de Fútbol Sala, de 26 de mayo de 2026, solicitando la plena subrogación (anonimizado).

– Comunicado oficial del club de 12 de julio de 2026.

– Disponibilidad de entrevistas con el presidente del club, cuerpo técnico y plantilla.


Por Redacción Malagaesdeprimera · Málaga

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